L1 - VFR e IFR04-05-2006 | |
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1 - VFR - Visual Flight Rules (Reglas de Vuelo Visual): a) Condiciones Meteorológicas Visuales - VMC (llamadas también condiciones VFR ): Los vuelos VFR no están autorizados, si las condiciones meteorológicas no son al menos iguales a las especificadas en el cuadro de abajo, conocidas como VMC (condiciones meteorológicas visuales). Estos son el estándar de OACI, reglas generales VMC. Póngase en contacto con su división para una información detallada sobre su país.
Algunos países tienen diferentes VMCs. Particularmente, algunos definen las condiciones VMC de acuerdo con la velocidad del avión y de acuerdo con el tipo de espacio aéreo. b) VFR especial - SVFR: Como
hemos visto anteriormente los vuelos VFR, están prohibidos
en el espacio aéreo controlado si la visibilidad es menor de
5 Km / 3 SM o con un techo menor de 1500 ft. Sin embargo una autorización
especial puede ser entregada por la autoridad de un aeropuerto, para
entrar o volar en un espacio controlado, esta autorización
se conoce como VFR especial (SVFR), entonces las condiciones meteorológicas
mínimas son definidas por la autoridad del aeropuerto, sin
embargo la visibilidad nunca será inferior a 1500 m / 1 SM. La autorización SVFR autoriza a volar en el espacio controlado
con menos de 5 Km / 3 SM o con un techo inferior a 1500ft. Esto por
lo general incluye una ruta especifica y la altitud para la separación
con tráficos IFR. Algo importante en una autorización de VFR especial, el piloto DEBE solicitar esta autorización si desea utilizar los mínimos visuales más bajos. El controlador no puede dar la autorización sin esta solicitud. La habilidad del controlador debe garantizar que esta solicitud se acomoda a los protocolos locales así como a la densidad del tráfico IFR en ese momento. c) Niveles mínimos y máximos: Los
vuelos VFR deben ser realizados:
d) Altitud de crucero y niveles VFR: Por lo que se refiere a la norma general, en los vuelos VFR se emplean altitudes por debajo de la altitud de transición y niveles acabados en 5 sobre el nivel de transición según el sistema de crucero semicircular (Ver también L5-Altímetría):
Nota: Chequee la normativa de cada país acerca de la máximas altitudes VFR. Por ejemplo, en Norte América y Sudamérica los vuelos VFR deben mantenerse fuera del espacio aéreo de clase A, que empieza en FL180. e) Restricción de velocidad: La velocidad indicada está limitada a 250 KIAS por debajo de 10000ft AMSL o FL100. Sin embargo, de solicitarlo y ser aprobadas por el ATC, pueden aceptarse velocidades más altas. La excepción son para los aviones militares para lo cual esta restricción no es operativa (los cazas tienen velocidades normales de 350 KIAS en vuelos VFR y entre 400 y 550 KIAS en niveles de vuelo). f) VFR en esacio aéreo controlado: No
están permitidos los vuelos VFR en el espacio aéreo clase
A. En otras palabras: g) Plan de vuelo: Se
requiere un Plan de Vuelo solo cuando: Nota: El vuelo VFR en IVAO requiere de un plan de vuelo con la información mínima. Ver L1-VFR-FP.
Plan de vuelo simplificado: cuando vuela VFR, puede ser solicitado rellenar un plan de vuelo para ayudar al ATC a controlar su avión. En ese caso, rellene un plan de vuelo simplificado (con VFR marcado) de esta manera : - Tipo de avión. - Aeropuerto de salida. - Aeropuerto de llegada. - Nombre, apellido y base. El resto de los campos, dejarlos en blanco. Esto es bastance fácil de hacer. No lleva más de 30 segundos y es bastante útil para los controladores. h) Cambio de VFR a IFR: El piloto debe informar al ATC, cambiar su plan de vuelo en SB y pedir autorización para continuar el vuelo como IFR. i) ¿Quién vuela VFR? : La mayoría de las veces, los vuelos generales ( con C182, PA28, DR40, y aviones ligeros) se realizan bajo reglas de VFR. Estos vuelos normalmente se realizan en una altitud baja (debajo de 5000ft AGL). Los militares en entrenamiento también vuelan en VFR (o un equivalente militar con reglas especíificas).
2 - IFR - Instruments Flight Rules (Reglas de Vuelo Instrumental): a) Condiciones Meteorológicas por Instrumentos - IMC (también llamadas condiciones IFR): Cualquier condición meteorológica por debajo de los mínimos especificados en el apartado 1-a, esta considerada como IMC. Los vuelos VFR están prohibidos en condiciones IMC. En condiciones de IMC los pilotos deben volar en IFR. Nota: Los vuelos IFR pueden ser operados también en condiciones VMC. b) Nivel mínimo: Los
vuelos IFR deben ser realizados: c) Altitudes y niveles de vuelo IFR: Por lo general los vuelos en IFR, utilizan altitudes por debajo de la altitud de transición y niveles acabados en 0 por encima del nivel de transición, según el sistema semicircular de crucero (ver L5-Altimetría):
d) Restricción de velocidad: La velocidad indicada está limitada a 250 KIAS por debajo de los 10000ft AMSL o FL100. Sin embargo de ser solicitadas y aprobadas por el ATC, pueden ser más altas. Las excepciones son para los cazas militares, cuya velocidad común es de 300 KIAS. e) IFR en espacio aéreo controlado: Para
entrar y volar en un espacio controlado (clases A-B-C-D-E), el piloto
debe: En otras palabras :
f) Salidas/llegadas IFR : En
las salidas en IFR, se deberá de seguir con los procedimientos
publicados en las SIDs (salidas instrumentales estándar), o
los DPs (procedimientos de salida), o cualquier otro procedimiento
autorizado por el ATC. Una autorización de salida en IFR debe
incluir:
En
las llegadas en IFR, se deberán seguir los procedimientos publicados
el las STARs (Llegadas a aéreas terminales Estándar) y
procedimiento de aproximación por instrumentos, a no ser que
este autorizado por el ATC a seguir otros procedimientos o este autorizado
para una aproximación visual.
g) Plan de vuelo: Para vuelos IFR es obligatorio confeccionar un plan de vuelo. Ver L1-IFR-FP. h) Cambio de IFR a VFR: Sólo se puede hacer si se está en condiciones VMC y no está en espacio aéreo clase A. El piloto debe informar de ello al ATC diciéndole que CANCELA IFR, modifica su plan de vuelo y lo reenvía. i) ¿Quién vuela IFR?: Todos
los aviones comerciales (aviones de negocios, de pasajeros...) y la
mayor parte de los vuelos de transporte militar vuelan en IFR. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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